top of page
Logo de la reaccion prensa

Fallo Histórico de la Acción Popular en Defensa del Espacio Público de San Victorino Beneficia a Comerciantes

ree

Bogotá D.C., 05 de Diciembre de 2025 - El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, emitió una sentencia de segunda instancia (Radicado No. 11001-33-43-066-2023-00314-01) que modifica el fallo inicial, declarando la vulneración del derecho colectivo al goce del espacio público y la utilización y defensa de los bienes de uso público en el sector de San Victorino, Bogotá D.C.


Esta decisión, impulsada por la acción popular presentada por el comité jurídico de la Junta de Acción Comunal Santa Ines Centro San Victorino, constituye un fallo histórico en Colombia al imponer órdenes estructurales y específicas a las autoridades distritales. Su impacto no solo busca la recuperación efectiva de un punto neurálgico del comercio en Bogotá, sino que también establece un precedente sobre la responsabilidad estatal en la gestión del espacio público invadido por ventas informales en Colombia.


Puntos Clave del Fallo y Órdenes Impartidas


El Tribunal modificó la sentencia de primera instancia al precisar la responsabilidad y las acciones requeridas de las entidades, excluyendo de responsabilidad directa a la Policía Metropolitana de Bogotá por las omisiones alegadas.


1. Declaración de Vulneración de Derechos Colectivos

Se declaró que el Distrito Capital de Bogotá - Alcaldía Local de Santa Fe, el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP), y el Instituto para la Economía Social (IPES), vulneran el derecho colectivo al goce del espacio público y la defensa de los bienes de uso público en San Victorino.


  • El sector afectado comprende, entre otros: La Calle 10, Calle 11, y Calle 12 entre la Carrera 10 y la Avenida Caracas; el Parque de la Mariposa; la Avenida Jiménez costado sur; y las Carreras 10, 11, 12, 12A, y 13 en varios tramos, incluyendo la Avenida Caracas costado oriental.


  • La Sala sostuvo que la invasión progresiva y masiva del espacio público por parte de vendedores informales afecta gravemente la movilidad, la seguridad, la salubridad y la libre competencia económica de los comerciantes formales.


2. Órdenes Estructurales para la Recuperación del Espacio Público

El Tribunal ordenó a la Alcaldía Local de Santa Fe, el DADEP y el IPES, actuar de manera coordinada para garantizar una solución integral y sostenida. Las órdenes incluyen:


  • Implementación de Alternativas de Trabajo Formal: En un plazo de dos (2) meses, deben implementar un sistema que identifique plenamente a los beneficiarios de sus programas para crear alternativas concretas, eficientes y sostenibles de trabajo formal para los vendedores informales.


  • Registro Detallado:

    • La Alcaldía Local de Santa Fe deberá realizar un registro detallado de vendedores informales (nombre, identificación, mercancía, y ubicación autorizada) en un término máximo de seis (6) meses.


    • El IPES y el DADEP deben elaborar un Registro Único de Vendedores Informales y proceder a la carnetización de las personas incluidas en el registro de la Alcaldía Local en un plazo de dos (2) meses.


  • Recuperación Física del Espacio Público: En el término de un (1) año, deben adelantar las labores de preservación y recuperación del espacio público, aplicando la función de policía, el Decreto Distrital 098 de 2004 y, de forma estricta, los lineamientos de la Corte Constitucional, especialmente la Sentencia C-211 de 2017. Esto garantiza que la recuperación se realice respetando el principio de confianza legítima y ofreciendo alternativas de reubicación y formalización.


  • Comité de Verificación: Se ordenó conformar un Comité de Verificación de Cumplimiento de la Sentencia, integrado por el Juez de primera instancia, la Defensoría del Pueblo, la Alcaldía Mayor, la Alcaldía Local de Santa Fe, el DADEP, el IPES y el Ministerio Público.


Libre Competencia y Ambiente Sano


Aunque la sentencia de primera instancia había negado el amparo de los derechos a la libre competencia económica y a un ambiente sano, el actor popular alegó que la invasión por comercio informal también afectaba directamente la actividad económica formal y la seguridad ciudadana del sector. La decisión de amparar el derecho al espacio público sienta las bases para mitigar los problemas de seguridad, salubridad y los impactos negativos sobre el comercio formal causados por la ocupación ilegal y descontrolada del sector.


La exclusión de la Policía Metropolitana de Bogotá de la declaración de vulneración se basó en que su rol es el de ejecutor subordinado de la función de policía, la cual recae en las autoridades distritales como el Alcalde, y no el de diseñar las políticas estructurales que aborden el fenómeno social del comercio informal.


Esta sentencia marca un hito para los comerciantes formales, al exigir a la Administración Distrital un plan de acción claro, integral y con plazos definidos que equilibre la recuperación de los bienes de uso común con la garantía de derechos de los vendedores informales, poniendo fin a la "omisión administrativa continuada" que permitió la permanencia de un estado de cosas irregular en San Victorino.


ACCIONES DERIVADAS DEL FALLO HISTÓRICO 


La Junta de Acción Comunal de San Victorino anuncia que iniciará acciones legales y penales contra los dirigentes políticos que promovieron por acción u omisión la invasión ilegal del espacio público en San Victorino con la excusa inconstitucional de “preservar derechos” cuando en realidad estaban vulnerando las garantías de todos los ciudadanos. Y en ese sentido, la JAC de San Victorino, declara, que buscará preservar los derechos de los vendedores vulnerables para que reciban la oferta institucional y hagan transito a la formalidad como garantía constitucional. Asi mismo trabajaran con el comercio formal para garantizar sus derechos, buscar alternativas a los vulnerables, y ser un puente con la institucionalidad para el cumplimiento de este fallo.


Si desea leer la sentecia completa, la puede descargar aqui:


EXCLUSIVA NOTA JUDICIAL

LA REACCIÓN PRENSA


ree

bottom of page